Real Decreto-Ley 28/2018 y sus medidas urgentes sociales, laborales y de empleo
El pasado 29 de Diciembre de 2018, fue publicado el R.D. que incluye importantes modificaciones en las cotizaciones a Seguridad Social, en materia laboral y de contratación, así como la regulación de los trabajadores por cuenta propia (AUTONOMOS) y la mejora de determinadas pensiones
A continuación
realizamos un resumen de las principales novedades:
- Novedades
Trabajadores por Cuenta Propia / AUTONOMOS
- Obligación
de incorporar la cotización por todas las contingencias que hasta el
momento eran voluntarias en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Por
ejemplo: contingencias profesionales y cese de actividad. La cotización queda
así desde el 1 de enero:
- Contingencias
comunes: 28,3%.*
- Contingencias
profesionales: 0,9%.*
- Cese de actividad:
0,7%.*
- Formación profesional:
0,1%.
- Se incrementa la base mínima de cotización
en el RETA para 2019, quedando establecida en 944,40 €/mes, Y para los trabajadores autónomos con más de 10
empleados o autónomos societarios, la base de cotización queda en 1.214,10 €/mes.
- Modificación
de la denominada “TARIFA PLANA”
Con
efectos del 1 de Enero de 2019 los autónomos que causen alta podrán
beneficiarse durante los 12 primeros meses de alta y que obtén por la Base
Mínima de Cotización de una cuota única mensual de 60 €.
Para
las Autónomos que se dieron de alta en el 2018 y se encuentren a 1 de Enero de
2019 disfrutando de la “Tarifa Plana” en sus primeros 12 meses la cuota mensual
también le será modificada en el mes de Enero a 60 €
- Novedades
Sistema Especial EMPLEADOS DE HOGAR.
- Se fija el Salario Mínimo de los Empleados
de hogar en 7,04 €/hora.
- Durante el año 2019, se mantiene la
reducción del 20 % a las cotizaciones por la contratación de personas que
queden incorporadas a este Régimen, asi como de aquellos que ya lo estuvieran
con posterioridad al 1 de enero de 2012. (Estos beneficios no serán de
aplicaciones para aquellos que presenten sus servicios menos de 60 horas
mensuales por empleador)
- Novedades
Cotización REGIMEN GENERAL.
- Incremento
hasta el 40% en la cotización por contratos temporales de corta duración. Se
utiliza como medida disuasoria para el empresario a la hora de formalizar este
tipo de contratos y para mejorar la protección social de los trabajadores
afectados por los mismos.
- Incremento
del Salario Mínimo Interprofesional a 900 € mensuales,
12.600 € anuales (14 pagas).
- Posibilidad
de instaurar en los convenios colectivos las jubilaciones obligatorias por edad
para favorecer las políticas de empleo en las empresas.
- Se suprimen los siguientes contratos
laborales y bonificaciones:
- Contrato indefinido
de apoyo a los emprendedores
- La posibilidad de celebrar contratos de
formación y para el aprendizaje con trabajadores mayores de 25 años. Este
límite no se aplica para personas con discapacidad reconocida
- Contrato a tiempo parcial con vinculación
formativa
- Contratación
indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos
- Contratación en
nuevos proyectos de emprendimiento joven
- Contrato de primer
empleo joven
- Eliminación de los
incentivos a los contratos en prácticas
- Eliminación de las
ayudas de acompañamiento en los contratos para la formación y el aprendizaje y
de las bonificaciones existentes para la conversión en indefinidos de estos
contratos.
Al tratarse de un resumen de las medidas que
el Real Decreto-Ley 28/2018ha puesto en funcionamiento desde el 1 de enero de
2019, para más información quedamos a vuestra disposición para aclarar las dudas queos hayan